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Archivo: Abril 2008

VACUACIÓN GRATUITA CONTRA LA GRIPE EN A.Dis.E.R

infoadiser 30/04/2008 @ 14:29

El sábado 3 de mayo entre las 8 y 12 horas, en el local de nuestra institución, sito en calle Perú 314 de Paraná, se realizará un Operativo de Vacunación GRATUITO destinado a toda la comunidad que lo requiera.

El requisito para la vacunación es presentar la indicación médica y, en caso de tratarse de menores de edad, también deberán estar acompañados de una persona mayor.

La coordinación del operativo estará a cargo de la Lic. Noemí Graciela Dalmolín.

Agradecemos la colaboración de la Dirección de Epidemiología de la Provincia de Entre Ríos y a los profesionales que tendrán a su cargo la aplicación de las vacunas.

Los integrantes de la Agrupación Discapacitados de Entre Ríos agradece a todos quienes colaboran para que este servicio se preste gratuitamente.

La Comisión Directiva

Articulado propuesto por A.Dis.E.R a la Convención de Entre Ríos

infoadiser 26/04/2008 @ 15:04

A los señores Constituyentes, en la reforma de la constitución de Entre RíosA los 24 días del mes de Abril de dos mil ocho.     

 

A.Dis.E.R

AGRUPACIÓN DISCAPACITADOS

DE ENTRE RÍOS

POR LA IGUALDAD DE OPORTUNIDADES

Perú 314                            Tel. 0343-4317090

           3100Paraná                        Entre Ríos

E-Mail: adiser2006@yahoo.com.ar

Blog: http://adiser.nireblog.com/ 

     NODO PRIMERO:CitaFundamentación de los Derechos de las personas con Discapacidad.  NODO SEGUNDO:Articulado propuesto por ADISER.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

AL HONORABLE CUERPO DE CONVENCIONALES CONSTITUYENTE

POR LA REFORMA DE LA CONSTITUCIÓN DE ENTRE RIOS

A LOS VEINTICUATRO DÍAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL OCHO

 

Atentos a la lucha en pos de la IGUALDAD DE OPORTUNIDADES, dada en el contexto Mundial y atendiendo al principio de igualdad de todas las personas que habitan el suelo Entrerriano es que desde ADISER presentamos, solicitamos y fundamentamos la derogación del artículo 22 de la actual Carta Magna Provincial por considerarlo discriminatorio, extemporáneo y obsoleto acorde a los nuevos avances jurídicos y civiles de las personas con discapacidad, y alentamos a nuestros Convencionales a “observar” la fundamentacion y el desarrollo del presente documento, a sólo fin de dar un paso al frente en materia de discapacidad, no discriminación e igualdad en la Reforma de la Constitución Provincial que están llevando adelante a saber de la

CONVENCIÓN SOBRE LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD

EN SU PREÁMBULO Y

Los Estados Partes en la presente Convención,

  1. Recordando que los principios de la Carta de las Naciones Unidas que proclaman que la libertad, la justicia y la paz en el mundo tienen por base el reconocimiento de la dignidad y el valor inherentes y de los derechos iguales e inalienables de todos los miembros de la familia humana,
  2. Reconociendo que las Naciones Unidas, en la Declaración Universal de Derechos Humanos y en los Pactos Internacionales de Derechos Humanos, han reconocido y proclamado que toda persona tiene los derechos y libertades enunciados en esos instrumentos, sin distinción de ninguna índole,
  3. Reafirmando la universalidad, indivisibilidad, interdependencia e interrelación de todos los derechos humanos y libertades fundamentales, así como la necesidad de garantizar que las personas con discapacidad los ejerzan plenamente y sin discriminación,

4.    Recordando el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, la Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial, la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer, la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, la Convención sobre los Derechos del Niño y la Convención Internacional sobre la protección de los derechos de todos los trabajadores migratorios y de sus familiares,

5.    Reconociendo que la discapacidad es un concepto que evoluciona y que resulta de la interacción entre las personas con deficiencias y las barreras debidas a la actitud y al entorno que evitan su participación plena y efectiva en la sociedad, en igualdad de condiciones con las demás,

6.    Reconociendo la importancia que revisten los principios y las directrices de política que figuran en el Programa de Acción Mundial para los Impedidos y en las Normas Uniformes sobre la Igualdad de Oportunidades para las Personas con Discapacidad como factor en la promoción, la formulación y la evaluación de normas, planes, programas y medidas a nivel nacional, regional e internacional destinados a dar una mayor igualdad de oportunidades a las personas con discapacidad,

7.    Destacando la importancia de incorporar las cuestiones relativas a la discapacidad como parte integrante de las estrategias pertinentes de desarrollo sostenible,

8.    Reconociendo también que la discriminación contra cualquier persona por razón de su discapacidad constituye una vulneración de la dignidad y el valor inherentes del ser humano,

9.    Reconociendo además la diversidad de las personas con discapacidad,

10.                 Reconociendo la necesidad de promover y proteger los derechos humanos de todas las personas con discapacidad, incluidas aquellas que necesitan un apoyo más intenso,

11.                 Observando con preocupación que, pese a estos diversos instrumentos y actividades, las personas con discapacidad siguen encontrando barreras para participar en igualdad de condiciones con las demás en la vida social y que se siguen vulnerando sus derechos humanos en todas las partes del mundo,

12.                 Reconociendo la importancia de la cooperación internacional para mejorar las condiciones de vida de las personas con discapacidad en todos los países, en particular en los países en desarrollo,

13.                 Reconociendo el valor de las contribuciones que realizan y pueden realizar las personas con discapacidad al bienestar general y a la diversidad de sus comunidades, y que la promoción del pleno goce de los derechos humanos y las libertades fundamentales por las personas con discapacidad y de su plena participación tendrán como resultado un mayor sentido de pertenencia de estas personas y avances significativos en el desarrollo económico, social y humano de la sociedad y en la erradicación de la pobreza,

14.                 Reconociendo la importancia que para las personas con discapacidad reviste su autonomía e independencia individual, incluida la libertad de tomar sus propias decisiones,

15.                 Considerando que las personas con discapacidad deben tener la oportunidad de participar activamente en los procesos de adopción de decisiones sobre políticas y programas, incluidos los que les afectan directamente,

 

 

Es que se presentan a continuación los cambios a efectuar en el marco de la presente Reforma Constitucional:

 

Los principios que rigen las disposiciones de los presentes artículos son: humanismo social, protagonismo, igualdad, cooperación, equidad, solidaridad, integración, no segregación, no discriminación, participación activa y protagónica, corresponsabilidad, respeto por la diferencia y aceptación de la diversidad humana, respeto por las capacidades en evolución de los niños y niñas con discapacidad, accesibilidad, equiparación de oportunidades, respeto a la dignidad personal, así como los aquí no enunciados y establecidos en los tratados, pactos, convenios, convenciones, acuerdos, declaraciones y compromisos internacionales e intergubernamentales, válidamente suscritos y ratificados o aceptados, de conformidad real y escrita o tácita  por la República Argentina
Si partimos de algunas premisas que conceptúan la persona:

 Atendiendo la idea de persona, que  es inseparable de la de derechos a los cuales están asociadas; y la idea de estado, que es la posición que la persona ocupa en la sociedad civil y la de capacidad que es la aptitud de ejercer legalmente los derechos que se poseen, entonces podemos inferir que  toda persona es capaz: la incapacidad es siempre excepcional y debe ser establecida por la ley, que la ordene.

En el art 14 de la Ley Madre: Constitución Nacional y en el art 16, queda explicitado el contexto de igualdad para todos los habitantes de la Nación Argentina, por lo tanto el Estado Provincial,( en todo el Territorio Naciona)l,

tiene el deber de planificar, coordinar e integrar en las políticas públicas todo lo concerniente a la discapacidad, en especial su prevención, a fin de promover, proteger y asegurar un efectivo disfrute de los derechos humanos de las personas con discapacidad, el respeto a la igualdad de oportunidades, la inclusión e integración social, la seguridad social, prevención y atención en salud, la educación, la cultura , el deporte y  el derecho al trabajo en   condiciones laborales satisfactorias, de acuerdo con sus particularidades, de manera que el ingreso al estado provincial de todas las personas, se dé naturalmente sin restricciones de ningún tipo descartando de plano y sin objeción alguna todo acto discriminatorio en accesibilidad, llamado a inscripción o concursos, para cubrir cargos vacantes , no siendo admisible los llamados a inscripciones o concursos que se pretendan  dar sólo para este colectivo social.

Es además, imperativo adjuntar al texto del articulado dedicado a esta franja social atender a:

IGUALDAD DE OPORTUNIDADES

Garantías del derecho a la igualdad de oportunidades.

Con el fin de garantizar el derecho a la igualdad de oportunidades a las personas con discapacidad, los poderes públicos establecerán medidas contra la discriminación y medidas de acción positiva.Medidas de acción positiva.Se consideran medidas de acción positiva aquellos apoyos de carácter específico destinados a prevenir o compensar las desventajas o especiales dificultades que tienen las personas con discapacidad en la incorporación y participación plena en los ámbitos de la vida laboral, política, económica, cultural, de salud  y social, atendiendo a los diferentes tipos y grados de discapacidad.  

La atención integral

 a las personas con discapacidad

se refiere a las políticas públicas, elaboradas con participación amplia, plural, activa y protagónica de la comunidad , para la acción conjunta y coordinada de todos los órganos del Poder Público de las comunidades organizadas, de la familia, personas naturales y jurídicas, ONG  para la prevención de la discapacidad y la atención, la integración y la inclusión de las personas con discapacidad, garantizándoles una mejor calidad de vida, mediante el pleno ejercicio de sus derechos, equiparación de oportunidades, respeto a su dignidad y la satisfacción de sus necesidades en los aspectos sociales, económicos, culturales y políticos, con la finalidad de incorporar a las personas con discapacidad a la dinámica de desarrollo de la Provincia.- 

Del trabajo propiamente dicho:
Los órganos y entes de la administración pública y privada, así como las empresas públicas privadas o mixtas de la Provincia, , deberán incorporar a sus planteles de trabajo no menos de un cinco por ciento (5 %) de personas con discapacidad permanente, de su nómina total, sean ellos ejecutivos, ejecutivas, empleados, empleadas, obreros u obreras

No podrá oponerse argumentación alguna que discrimine, condicione o pretenda impedir el empleo de personas con discapacidad.
Los cargos que se asignen a personas con discapacidad no deben impedir su desempeño, presentar obstáculos para su acceso al puesto de trabajo, ni exceder de la capacidad para desempeñarlo. Los trabajadores o las trabajadoras con discapacidad no están obligados u obligadas a ejecutar tareas que resulten riesgosas por el tipo de discapacidad que tengan.

 

 

ATENTO A LO ENUNCIADO:


la Agrupación Discapacitados de Entre Ríos propone los siguientes aportes y sugerencias para los Señores Convencionales de la provincia de Entre Ríos para que lo analicen y si están de acuerdo lo incluyan en el texto de la Constitución de la Provincia de Entre Ríos Reformada.

 

-Eliminar del texto del artículo 22 según lo expresa el Artículo 1º de la Ley de Necesidad de Reforma.

 

-Asegurar que nuestra Constitución Reformada no contradiga ningún texto legal de mayor nivel jurídico.

 

 

 

 

Se propone el siguiente texto:

 

“Los habitantes de la Provincia son iguales ante la ley, y gozan de los derechos y garantías que establece la Constitución Nacional, los que emanan en su consecuencia a través de los tratados celebrados por la Nación y los que se expresan en esta Constitución.

La Provincia no admite distinciones, discriminaciones ni privilegios por razones de sexo, raza, religión, nacionalidad, lengua, ideología, opinión, enfermedades de riesgo, características físicas o cualquier otra condición amparada por las normas constitucionales.

Es deber de la Provincia promover el desarrollo integral de las personas garantizando la igualdad de oportunidades y la efectiva participación de todos en la organización política, económica y social.

 

 

-Garantizar la igualdad de oportunidades en los tres poderes del Estado Entrerriano.

Se propone el siguiente texto:


“La Provincia  garantiza a las personas con
 discapacidad el derecho a su plena integración, a la
 información y a la equiparación de oportunidades. 

Toda persona con discapacidad tiene derecho a la protección integral del Estado. La Provincia garantizará la rehabilitación, educación y capacitación en establecimientos especiales; tendiendo a la equiparación promoverá su inserción social, laboral y la toma de conciencia respecto de los deberes de solidaridad para con las personas con discapacidad.

Ejecuta políticas de promoción y protección integral, tendientes a la prevención, rehabilitación, capacitación, educación e inserción social y laboral. 
Prevé el desarrollo de un hábitat libre de barreras naturales, culturales, lingüísticas, comunicacionales, sociales, educacionales, arquitectónicas, urbanísticas, del transporte y de cualquier otro tipo, y la eliminación de las existentes.   

 

 

-Garantizar que el Estado Provincial adhiera a los textos legales de mayor jerarquía cuando esto constituya el cumplimiento de lo dispuesto en esta Constitución relacionado con la equiparación de oportunidades para el colectivo de la discapacidad.

 

Se propone el siguiente texto:

“La Provincia adherirá a las normas legales de mayor jerarquía cuando esto garantice la equiparación de oportunidades de las personas con discapacidad”

“Toda ley, decreto u orden contrarios a los artículos precedentes o que impongan al ejercicio de las libertades y derechos reconocidos en ellos, otras restricciones que las que los mismos artículos permiten, o priven a los ciudadanos de las garantías que aseguran, serán inconstitucionales y no podrán ser aplicados por los jueces. Los individuos que sufran los efectos de toda orden que viole o menoscabe estos derechos, libertades y garantías, tienen acción civil para pedir las indemnizaciones por los perjuicios que tal violación o menoscabo les cause, contra el empleado o funcionario que la haya autorizado o ejecutado.”

 

 

 

-Incluir en las Estructuras Municipales o su equivalente de la Provincia de Entre Ríos,  la incorporación de un Área Específica destinada a entender en la problemática de la Discapacidad, con la previsión presupuestaria correspondiente y que dependan de una estructura que no sea restrictiva en su atención. Por ejemplo que no dependa del Área de Educación como en el caso de la Municipalidad de Paraná.

-Asegurar la previsión presupuestaria correspondiente tal cual se le asigna a las Políticas de Estado Municipal y Provincial.

Se propone el siguiente texto:

 

“La Provincia garantizará que las cartas orgánicas de todos los municipios, cualquiera sea su magnitud, incluya una estructura destinada a la Discapacidad dependiente de la Presidencia del Departamento Ejecutivo Municipal, asignándose la partida presupuestaria correspondiente”

 

 

-Asegurar la participación de las personas con discapacidad según lo dispuesto en la Convención Internacional por la defensa de los derechos de las personas con discapacidad firmada en la Organización de las Naciones Unidas, en diciembre de 2006.

 

Se sugiere el siguiente texto:


“La Provincia garantizará a las personas con discapacidad los derechos políticos y la posibilidad de gozar de ellos en igualdad de condiciones con las demás y se comprometerá a asegurar que las personas con discapacidad puedan participar plena, y efectivamente en la vida política y pública en igualdad de condiciones con las demás, directamente o a través de representantes libremente elegidos, incluyendo el derecho y la posibilidad de las personas con discapacidad a votar y ser elegidas.”

Dada la especificidad de estas sugerencias, dejamos en manos de los Señores Convencionales la aplicación de las técnicas legislativas pertinentes para su inclusión y la redacción adecuada para su total comprensión dentro del texto de la Constitución Reformada.

Creemos que estas sugerencias son en escencia el pensamiento de las personas con discapacidad que hemos trabajado desde que nos encontramos con esta situación y debemos vivir con ella.

 

SEÑORES CONVENCIONALES DE LA PROVINCIA DE ENTRE RÍOS: consideren este documento como nuestro humilde aporte a su tarea de Reformar nuestra Carta Magna, y a pesar de que ningún representante de nuestro colectivo pudo integrar alguna lista para ser elegido, sepan que somos conscientes de este momento histórico de la Provincia y les agradecemos que nos dejen participar activamente en esta instancia tan sublime para la vida institucional de nuestra querida tierra entrerriana. 

 

 

A.Dis.E.R defiende su propuesta reformadora ante la Convención Constituyente de Entre Ríos

infoadiser 24/04/2008 @ 11:09

Nuestra institución defiende hoy su propuesta ante la Convención Constituyente de la Provincia de Entre Ríos.

En efecto, la Lic. Noemí Graciela Dalmolín y el Prof. Raúl Ricardo Lopez serán los encargados de argumentar los fundamentos por los cuales nuestra Agrupación realiza su propuesta de articulado relacionado con la temática de la discapacidad en la Constitución de la provincia de Entre Ríos.

La cita es hoy a las 17 horas en la Biblioteca sita en Av. Rivadavia al 200 de Paraná.

Los esperamos para acompañar.

La Comisión Directiva

VACUNACIÓN GRATUITA CONTRA LA GRIPE EN A.Dis.E.R

infoadiser 21/04/2008 @ 14:40

Amigos:

Luego de gestiones realizadas por miembros de ORIENTAR y ADISER,en la Secretaría de Salud de la Pcia de Entre Ríos, estamos en condiciones de confirmar que en fecha a definir, se vacunará gratuitamente contra la GRIPE , en la sede de ADISER.

(requisito:pedido médico de vacunacion!)

Es un honor poder atender a este colectivo, que no poseen obra social como a sus familiares directos.

Debemos agradecer profundamente en nombre de todos quienes trabajamos mancomunadamente en pos de una mejor calidad de vida , a la Sra Jefa de Epidemiología de la Provincia DRA MÓNICA ILARDO, por su generosidad y a la Dra Gabriela Moreno por permitirnos acercar soluciones a quienes permanentemente están en la lucha por sus derechos y por una sociedad más justa con igualdad de oportunidades para todos los miembros que la conforman!

Lic Psp Noemí Dalmolín   Prof. Raúl Ricardo López

 

Curso de Primeros Auxilios

infoadiser 20/04/2008 @ 19:05
La Escuela Especial Nº 3 ¨Carolina Tobar García¨
invita a participar del
Curso Taller de Primeros Auxilios
Organizado junto con la Secretaría de Extensión de la Facultad de Ciencias de la Vida y la Salud de la UADER
Día sábado 10 de mayo de 8.30 a 14 hs. en la Escuela Especial Nº 3.
Dictado por el instructor Alexis Ambrosini de la UADER y personal de Bomberos Zapadores de la provincia quienes abordarán ademas el tema Prevención de incendios y evacuación en casos de sisniestros.
El mismo esta destinado a docentes e interesados en el tema,  que deseen conocer fundamentos, técnicas, manejos básicos y específicos en  primeros auxilios (accidentes escolares –heridas, caídas, obstrucción vías respiratorias, hemorragias, quemaduras-, convulsiones, reanimación cardio pulmonar, afecciones médicas frecuentes, botiquín, prevención, etc.)
Inscripción: $ 6 - Entrega de certificados de asistencia. Cupo limitado
-Actividad a beneficio de la Escuela Especial Nº 3-
Mayores informes e inscripción:
Escuela Especial Nº 3:
Azcuénaga y De la Torre y Vera
lunes a viernes de  9 a 16
Tel. (0343) 4233562 - Paraná - Entre Ríos

REACTIVACIÓN DEL CONSEJO MUNICIPAL DE LA DISCAPACIDAD EN PARANÁ

infoadiser 17/04/2008 @ 11:08

Por la presente, invitamos a todos los interesados en participar de la reactivación del Consejo Municipal de la Discapacidad de Paraná.

Por tal motivo, el miércoles 23 de abril a las 18 horas, en el salón sito en la esquina de Corrientes y Andrés Pazos se realizará una reunión para debatir las modalidades de su puesta en funcionamiento.

Recordemos que este espacio ha sido creado por ordenanza y se disolvió de hecho.Por ello, se pretende ponerlo nuevamente en funcionamiento ya que se considera un espacio propicio para canalizar las inquietudes relacionadas con la problemática de la discapacidad en Paraná.

Están invitadas todas las instituciones y personas interesadas en esa temática de Paraná.

La Comisión Directiva

A.Dis.E.R será recibida por los Convencionales para defender su propuesta de reforma

infoadiser 14/04/2008 @ 13:38

La Agrupación Discapacitados de Entre Ríos será recibida por los Convencionales Constituyentes de Entre Ríos que llevan a cabo la Reforma de la Constitución de la Provincia de Entre Ríos.

En efecto, nuestra institución deberá defender su propuesta presentada oportunamente ante esta Honorable Convención en la que propone algunos cambios en lo que se refiere a la temática de la Discapacidad y propone algunas incorporaciones en el nuevo texto de nuestra Carta Magna.

Nuestra entidad deberá presentarse el jueves 24 de abril a las 17 horas en la Biblioteca de la Legislatura Provincial.

Nos sentimos orgullosos y satisfechos por esta primera etapa que creemos que es muy auspiciosa para el colectivo de la Discapacidad de Entre Ríos, que le permitirá al menos ser escuchado por intermedio de los representantes de A.Dis.E.R.

Invitamos a todos los interesados a estar en contacto permanente para poder demostrar que los involucrados en la temática de la discapacidad en Entre Ríos estamos muy juntos paraluchar por lo que creemos que nos corresponde.

Prof. Raúl Ricardo Lopez

Presidente

Integrantes de A.Dis.E.R participaron de una cátedra compartida

infoadiser 13/04/2008 @ 18:45

Los integrantes de nuestra institución Ayelén Carballal, Fernanda Santiago, María Belén Carballal y Oscar González, junto al Presidente de la entidad, participaron en una cátedra compartida cuyo tema era la Discapacidad.

La intervención se realizó el jueves 10 de abril en el Centro de Jubilados Nacionales de Paraná, en el marco del Curso de Capacitación para Cuidados Domiciliarios que dicta la Fundación "Manantial" y que organiza el Ministerio de Desarrollo Social de la Nación.

La experiencia resultó muy beneficiosa tanto para los alumnos que asisten a la capacitación, como así también para  quienes aportaron su experiencia vivencial de la discapacidad.

De esta manera comenzó la actividad de A.Dis.E.R como difusores de la problemática en las entidades intermedias que lo requieran de toda la provincia de Entre Ríos.

También se encuentran avanzadas las gestiones para comenzar a realizar charlas informativas sobre la discapacidad, en establecimientos escolares interesados en tratar de sensibilizar a los niños y adolescentes de nuestra provincia.

Estamos a disposición de todos los interesados en difundir nuestra problemática, para organizar encuentros informativos sobre discapacidad.

La Comisión Directiva

Reunión por la Reactivación del Consejo Asesor Municipal para la Discapacidad en Paraná

infoadiser 08/04/2008 @ 20:10

El miécoles 9 de abril a las 18 horas se realizará una Reunión para tratar la reactivación del Consejo Asesor Municipal para las personas con discapacidad de la ciudad de Paraná.

Se invita a participar de la misma para tratar de reflotar este espacio creado por ordenanza municipal y disuelto de hecho.

Esperamos contar con la presencia de todas las personas e instituciones interesadas en participar en esta importante actividad que dará una posibilidad de canalizar inquietudes a las personas con discapacidad de la ciudad de Paraná.

La Comisión Directiva